POR JESÚS MEDIAVILLA
Redacción Médica accede al texto definitivo de la ley, que persigue garantizar a la población el acceso eficaz, consciente y racional a los medicamentos y productos sanitarios, promover la coordinación institucional estableciendo los mecanismos necesarios a tal efecto y fomentar la responsabilidad y participación de los profesionales en la organización y gestión de los recursos que tengan asignados.
En concreto, la nueva normativa aspira adaptarse a los “nuevos tiempos”, con una estructura “simple y concisa”, que resulte sencilla y manejable, “facilitando su correcta comprensión e incorporando significativas novedades y mejoras administrativas que permitan dar una respuesta satisfactoria a las demandas de los usuarios y sectores implicados”, según el texto legal.
La ley actualiza la regulación de la publicidad de las oficinas de farmacia, se unifica el módulo poblacional para la autorización de nuevas oficina |
También se incorpora un reconocimiento a la contribución de los farmacéuticos en la recogida y destrucción sanitaria de medicamentos caducados o ya no utilizados, evitando riesgos sanitarios y mejorando la sostenibilidad medioambiental y se crea el Registro de establecimientos y servicios farmacéuticos, si bien su funcionamiento se supedita a un posterior desarrollo reglamentario.
Por otro lado, se amplía a la sección de nutrición y dietética las ya existentes de óptica, audioprótesis, ortopedia y análisis clínicos, por su especial relevancia y se sustituye la autorización administrativa prevista actualmente “por una comunicación previa de la designación de los recursos humanos de la oficina de farmacia y las modificaciones del local siempre que no afecten a la superficie útil ni a la zona de laboratorio reservada para la preparación y control de fórmulas magistrales y preparados oficinales”.
Asimismo, se actualiza la regulación de la publicidad de las oficinas de farmacia, se unifica el módulo poblacional para la autorización de nuevas oficinas, y se establece un horario ordinario y oficial que tendrá carácter de mínimo y que consta de una franja fija y otra variable, la cual podrá determinarse voluntariamente por cada oficina de farmacia. Del mismo modo, y entre otras novedades, se actualiza la regulación de los servicios de guardia.
Desde la Consejería de Sanidad, se espera que esta norma sea “un referente para otras comunidades autónomas y no solo por la atención farmacéutica domiciliaria y la flexibilización de horarios, sino por las numerosas novedades que se han incluido en ella” y citadas anteriormente.
«Es una buena ley, que reconoce el papel del farmacéutico y deja ese paraguas legislativo para ver cómo trabajan los farmacéuticos en domicilio, además de una relación con la sostenibilidad y el medio ambiente con la oficina de farmacia, aspectos que son fundamentales y sobre todo para hacer una ley del siglo XXI, que es lo que se merecen los farmacéuticos madrileños y sobre todo el resto de la población que también es la que se beneficia de esta ley», señaló el consejero de Sanidad, Enrique Ruiz Escudero, mientras su diseño entraba en las fases finales.
En esta misma línea se posiciona el Colegio Oficial de Farmacéuticos de Madrid (COFM). Su presidente, Manuel Martínez del Peral, ha asegurado que la nueva norma permite «generar nuevo empleo y abrir nuevos desarrollos profesionales en áreas fundamentales para la salud de los ciudadanos». Además, entiende que aporta seguridad jurídica. «Los profesionales necesitamos certeza de qué podemos hacer y hasta dónde podemos llegar, sin interferencias ni presiones», ha dicho.
Fuente: redaccionmedica.com
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